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Cuando un cliente llega a nuestro despacho con la intención de comprar una vivienda, su siguiente pregunta es cuántos impuestos debe pagar.
Evidentemente, es una pregunta de las más importante, dado que debemos tenerlo en cuenta a la hora de valorar el presupuesto general de la compra.
Intentaré resumirlo y no aburriros demasiado ;)
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para viviendas.
Aquí el ITP afecta a operaciones como la compraventa de un bien inmueble. El sujeto pasivo, es decir, quien está obligado a pagarlo, es la persona que adquiere el uso del bien (EL COMPRADOR, por si nos despistamos).
¿Cuándo, cómo y dónde se paga el ITP?
El ITP es un impuesto estatal que está cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que se tramita en la delegación de Hacienda de la comunidad correspondiente. El plazo para liquidarlo es de 30 días a partir del momento en el que se produce la compra del bien o la firma del derecho.
¿Qué operaciones grava el ITP?
Transmisiones patrimoniales onerosas: Son aquellas en las que se transmite un bien a título oneroso pero no se paga el IVA. En el caso de la compra de vivienda, se paga ITP cuando se compra de segunda mano entre particulares. Estas transmisiones tributan entre un 4 % y un 10 % dependiendo de la comunidad autónoma y de las deducciones que se apliquen.
Operaciones societarias: Relacionadas con la constitución, aumento o disminución del capital, o la fusión, escisión o disolución de sociedades. En estas operaciones el impuesto es de un 1 % aproximadamente.
Actos jurídicos documentados: Se refiere a los documentos notariales, mercantiles o administrativos que se formalizan dentro de España, y los que se realicen en el extranjero pero que surtan efecto en España. Este impuesto es también diferente en cada comunidad autónoma, oscilando en una franja entre el 0,5 % y el 1,5 %.
Cálculo del ITP en la compraventa de una vivienda
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales solo se aplica en la compra de una vivienda de segunda mano entre particulares, mientras que la compra de vivienda nueva está gravada con el IVA.
Caso Práctico. En el cálculo del impuesto hay que tener en cuenta dónde está situada la vivienda. Por ejemplo, a una vivienda ubicada en la Comunidad Valenciana vendida por 100.000 € se aplica un ITP del 10 % (10.000 €).
No obstante, será el 8% para la adquisición de viviendas habitual de protección pública de régimen general y adquisición de la vivienda habitual de jóvenes de hasta 35 años, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
Y el 4% adquisición de la vivienda habitual de una familia numerosa, o de una persona con discapacidad.
En conclusión, el ITP es un impuesto que hay que tener en cuenta cuando se ejecute una operación entre particulares en la que se contemple una transmisión de un bien o un derecho de uso.
Espero que haya sido didáctico y nada soporífero. Para cualquier otra consulta, duda, ruego o amenaza ya sabéis donde encontrarme.
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